Las hermanas
Papin, un doble homicidio
El caso de las hermanas Papin reabierto de nueva cuenta por Jean Allouch
permite documentar la interpretación de un acto de extrema violencia cuyo
desenlace ilustra el predominio del imaginario como sostenimiento del vínculo y
de la estructura subjetiva, desde un “déficit” estructural.
El tratamiento oficial del caso evitó
en su momento considerar la cuestión de la locura y lo que ésta manifiesta como
subversión ante la concepción del comportamiento humano sostenido desde el
vínculo y el discurso dominante. La objetividad del proceso legal que se
documenta en los hechos ocurridos sobre el doble crimen de las hermanas Papin
no hace sino comprobar la culpabilidad de las homicidas. Al proceder de esta
manera se evita el contenido que corresponde a la responsabilidad subjetiva que
remite a la relación materno filial y los elementos deficitarios de la
diferenciación generacional. Para abordar este caso del “doble crimen” de las
hermanas Papin es conveniente señalar que se trató de un hecho que adquirió
rápidamente una dimensión pública, en la medida en que la sociedad civil se
manifestó con activa indignación para no tolerar que un hecho de tal violencia
quedará sin la aplicación de la justicia que le correspondía. Asimismo en esta cuestión
pública, intervienen opiniones diversas a la de los especialistas del peritaje
oficial, entre ellos la del Lacan de los años treinta.
El suceso fue comentado en los
periódicos franceses de la época por primera vez, el día 3 de febrero de 1933,
cuyo encabezado principal señalaba: La
mayoría del pueblo alemán respalda a Adolfo Hitler. En un recuadro más
abajo se podía leer: “Horrible crimen: La Sra. Lancelin y su
hija Genevieve asesinadas por sus sirvientas”[1] Dos órdenes de violencia y dos
esferas de la realidad epistemológicamente irreductibles aparecen entonces en
una misma página impresa, ocupando la atención del público que sería despertado
de su distante indiferencia, más no por el éxito del ascenso nazi, sino por el
cercano suceso en la población de Le Mans, de un crimen horrendo cometido por
la servidumbre en contra de los señores de la casa que las contrataban. El caso
fue llevado a los tribunales de justicia con sus respectivos documentos,
informes policiales, peritajes psiquiátricos y testimonios de las asesinas
confesas y terceros afectados. Finalmente los aparatos de la justicia emiten
una condena de muerte rápidamente tramitada por los dispositivos de la
legalidad. Para una de las acusadas la pena de muerte, y 10 años de trabajos
forzados para la otra participante “del horrendo crimen”. Es de señalarse que
las fotografías de las víctimas que se incluyeron en el expediente, fueron
accesibles solamente al jurado. Se requirieron cuarenta años para que dichas
imágenes pudieran hacerse públicas y mostrar la visión de la masacre. Se
trataba de los hallazgos de primera impresión que la policía encontró en el
lugar de los hechos. El primer “objeto hallado” fue el ojo de una de las
víctimas lanzado desde el descanso de la escalera donde tuvieron lugar los
hechos. He aquí la conclusión a la que pudo llegar el doctor Chartier tras la
investigación oficial:
La
Sra. y la Srita
Lancelin fueron muertas casi sin lucha, con un
encarnizamiento y un refinamiento de crueldad de los que la literatura
médico-legal ofrece pocos ejemplos. Los instrumentos del crimen fueron
múltiples: jarro de estaño, martillo, cuchillo; y el hecho más particular del
crimen es el arrancamiento de los ojos con la ayuda de las víctimas aún vivas,
pero incapaces de defenderse porque ya estaban debilitadas por las
considerables heridas.[2]
Madre e hija de una familia acomodada,
eran también las personas de una filiación y una posición social, que quedaban
expuestas como las víctimas de sus sirvientas. En la medida en que la sociedad
civil se manifiesta activamente las instituciones encargadas de impartir
justicia se verán influidas para tratar el caso y restablecer el orden si es
que retroactivamente el castigo puede aspirar a restablecer dicho orden.
No obstante las preguntas esenciales
sobre el conocimiento del acto criminal, sigue constituyendo un desafío a la
razón, que queda sin explicación ni conocimiento esclarecedor.
En ese sentido la eficacia de la
ciencia psiquiátrica sigue acompañándose de una política de desconocimiento,
manifiesta en rechazar las aportaciones del psicoanálisis, tanto a su propio
campo como al campo jurídico.
De hecho la condena a muerte decidida
desde lo penal, se emitió rápidamente para evitar que pasara del terreno de lo
legal al terreno psiquiátrico. En el terreno jurídico la resolución se trabaja
sobre los hechos, en cambio en el terreno psiquiátrico surgen las preguntas
inevitables sobre la causalidad del crimen y el problema sobre la
responsabilidad del acto en personas afectadas de sus facultades, o que padecen
de “locura”.
Durante el proceso tuvieron lugar
diversos discursos para respaldar la condena y solamente uno a cargo de la
defensa. Uno de ellos a cargo del Sr. Le Batonnier, representante de la parte
civil y a nombre de la familia Lancelin pronunció públicamente estas
conmovedoras palabras:
La
Sra. y la Srita.
Lancelin fueron asesinadas con un refinamiento de crueldad
tal que en un primer abordaje, la razón se rehusaba a admitir la realidad de
los hechos, y que el médico legista, comisionado para examinar los cuerpos de
las víctimas, iba a poder recibir en su informe sin ninguna exageración, que
uno se encontraba en presencia de un crimen sin presedente en los anales
médico-legales, cometido con refinamiento de tortura que solo se encuetra en
los pueblos incivilizados...
Sea
como sea, esta escena de carnicería -el crimen reprochado a las muchachas
Papin- les pareció a los magistrados encargados de la instrucción tan horrible,
tan monstruoso, que repugnaba de tal forma a su razón de hombres íntegros el
pensar que un crimen semejante había podido ser llevado a cabo por personas
razonables.
Más adelante el señor Le Batonnier
afirmará que: “Ellas no son ni locas, ni histéricas, ni epilépticas: son
normales, médicamente hablando y nosotros las consideramos como plena y
enteramente responsables del crimen que han cometido”.[3] El peritaje que se realizo para
afirmar que las hermanas eran normales corrió a cargo de tres médicos
especialistas, “celebridades” médicas
que después de un examen profundo, serio, profesional, encuentran que no
existe anormalidad alguna o contenido delirante o locura. El señor Le Batonnier
pregunta: “¿cómo pueden tener los aún los profanos la pretensión de discutir
provechosamente un informe como el que está en la base de estos debates e intentar atenuar su alcance?”[4]. Para finalizar su discurso el señor
Le Battonier solicita lo siguiente:
Ellas
no ameritan ninguna piedad, y ya que el odio que tenían en el corazón hacia sus
patronas les inspiró refinamientos de tortura y de crueldad en los crímenes que
cometieron, que solo se encuentra en los pueblos salvajes, -ya que ellas se
condujeron como bestias feroces- hay que tratarlas como salvajes y como bestias
feroces. Hay que suprimir a una-ya que la ley permite suprimirla y hay que
poner para siempre a la otra fuera de la posibilidad de hacer daño.[5]
Tras el “doble crimen” que las
hermanas Papin realizan sobre la señora de la casa y su hija son encerradas y
sentenciadas. La pormenorizada documentación de los interrogatorios nos
muestran el refinamiento de una crueldad, justificada en el acto de las
acusadas, con un lujo de violencia no menor a las asesinas. Del párrafo anteriormente
citado quedó abierto el sentido de “tratarlas como salvajes y bestias feroces”,
esto que también se entiende que la ferocidad salvaje queda del lado de quien
trata, aunque con una razones de peso: las tratadas son también feroces y
salvajes. Se trabaja sobre “los hechos”
y se interroga una y otra vez sobre lo sucedido con el objetivo de establecer
la verdad de lo sucedido en sus más mínimos detalles. Sin reparar en hacer las
mismas preguntas una y otra vez se establece la pormenorización de los objetos
utilizados, la manera de golpear a las víctimas, el por qué de la posición de
los objetos y los muebles en el espacio preciso donde ocurrieron los hechos, la
parte del cuerpo de las víctimas que fueron dañadas y cortadas y la
participación correspondiente de las hermanas en cada uno de los detalles y el
intento de hacer corresponder las respuestas de cada una de las acusadas. Las fotografías del archivo a las finalmente
el público interesado podía tener acceso muestran la escena atroz de la violencia
con la que fueron masacradas las
víctimas. (el término masacradas es
el que utilizó Christine sobre su acto). El dictamen forense señala que los
cortes hechos sobre las piernas de la Srita Lancelin no muestran sangrado por lo que
fueron efectuados después de que la víctima habia perdido la vida. También las
nalgas muestran heridas. La derecha al nivel de la región sacroilíaca rasguños
y una larga herida de 13 cm .
Una de las fotografías muestra parte de esta imagen, pues como lo señala
Allouch, hubo pudor para tomar la fotografía pues aparece cubierta con un
abrigo que solo permite apreciar parcialmente la descripción forense. Estas
“pruebas” serán importantes pues permitían por lo menos sospechar de algún
desorden en el pensamiento de las victimarias, a las que se consideró sin
manifestaciones de locura.
Las hermanas no niegan su acto y se
dejan conducir. Sin embargo después de vivir inseparablemente una junto a la
otra, en su encierro las hermanas fueron separadas. Una escena descrita en la
reconstrucción del caso señala que Christine, a cinco meses de habitar en su
celda, separada de Lea, empieza a manifestar una agitación creciente que
culmina con alucinaciones, que aumentan su grado de agitación. Dice observar a
su hermana Lea ahorcada y colgada. Christine amenaza grita e implora, exige o
suplica que se le permita reunirse con Lea. Pero la petición es reiteradamente
negada. La justicia no se deja ablandar. Uno de los testimonios reunidos por
las guardianas señala que Christine, “la asesina”, intenta reunirse con su
hermana y avanza sobre los muros, queriendo atravesarlos como si no existieran,
como si no tuviesen una materialidad real y se estrella contra ellos.
Lea en cambio resiste la separación, y
espera el desenlace.
El aparato médico jurídico francés
instaurado desde 1838 y vigente hasta la fecha, encuentra culpables a Christine
y Lea Papin.
Con uniforme de presas serán vigiladas
día y noche en la celda destinada a las mujeres a quienes se cortará la cabeza
con la proverbial guillotina francesa. Christine debe usar camisa de fuerza al
dormir. En progresivo autismo, ante la separación y en un mutismo total,
rechazando todo alimento, “se deja morir”. El diagnóstico del deslizamiento
progresivo hacia la esquizofrenia fue el de “caquexia vesánica”. Christine, a
diferencia de Lea, su hermana menor, rechazará firmar un recurso de apelación.
A Lea le será concedido el perdón que acepta y retoma su camino hacia la vida
con su madre la señora Clemence Papin.